Adopción

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PROBLEMA

 

Un niño es huérfano o sus padres no pueden atenderlo debidamente y, en consecuencia, es necesario buscar un hogar para que lo adopte una nueva familia.

 

SOLUCIÓN

 

Se inicia ante un juzgado de lo familiar un juicio de adopción, por parte de la persona o personas interesadas en adoptarlo. Si el niño es mayor de doce años es necesario que acuda ante el juez a consentir en que los solicitantes lo adopten. Una vez que el niño es adoptado, no se puede revocar la adopción. Los padres biológicos pierden todo el parentesco y derechos respecto del niño. El nuevo parentesco y derechos será con los adoptantes y sus parientes como si se tratara de un hijo de sangre.

 

DATOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS

 

Se requieren los siguientes:

  • Acta de nacimiento original del niño.
  • Acta de nacimiento original de los adoptantes.
  • Si los adoptantes están casados, el acta de matrimonio original.
  • Actas de nacimiento de cada uno de los hijos de los adoptantes, si los tuvieran.
  • Tres cartas de recomendación a favor de los adoptantes.
  • Si tienen casa propia, el documento en el que aparezcan como dueños los adoptantes.
  • Fotografía del niño con los adoptantes, en tamaño postal.
  • Carta de trabajo de los adoptantes donde aparezca antigüedad, puesto y salario.
  • Carta de no antecedentes penales de cada adoptante.
  • Carta de no antecedentes policíacos de cada adoptante.
  • Comprobante de domicilio de los adoptantes.
  • Examen médico general, de VIH y antidoping de cada adoptante.
  • Consentimiento expreso de los padres del niño para que sea adoptado por los adoptantes.
  • Nombre completo de dos testigos que conozcan a los adoptantes y declaren a su favor.
  • Copia de identificación oficial de los adoptantes.

 

FORMA DE TRÁMITE

 

Se hacen llegar los documentos y datos al abogado para que elabore la solicitud de adopción.

 

Elaborada la solicitud, se cita a los adoptantes para que firmen. Esta solicitud y los documentos se presentan en el juzgado para que se le asigne expediente y comience el trámite.

 

Admitida la solicitud de adopción, se presentan los testigos a declarar; se recoge el consentimiento expreso de los padres para que el niño sea adoptado; se sacan copias certificadas para presentarlas ante la Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social a fin de tramitar la constancia de idoneidad para adoptar al niño; los adoptantes deben acudir a escuela para padres y a exámenes psicológicos; se realiza un estudio socioeconómico a los adoptantes.

 

Entonces y si todo está en orden, el juez emite sentencia declarando la adopción del niño. Esta sentencia se manda a una sala civil del Supremo Tribunal de Justicia que revisa que la sentencia del juez esté en orden y emite otra sentencia que confirma la del juez de lo familiar.

 

Una vez que esto sucede, se sacan copias certificadas de las dos sentencias y se inscriben en el registro civil que entrega a los adoptantes un acta de nacimiento del niño con los nuevos apellidos y nombre que le pongan los adoptantes.

 

POSIBLES GASTOS

 

En estos casos los gastos posibles son los siguientes:

  • Pago de actas de matrimonio y de nacimiento del registro civil.
  • Pago de documentos que demuestren la propiedad de la vivienda de los adoptantes.
  • Pago de exámenes médicos, de VIH y antidoping.
  • Pago de cartas de no antecedentes penales y policíacos.
  • Pago de copias certificadas de la sentencia que se inscribirá en el registro civil.
  • Pago de derechos por inscripción del acta de adopción en el registro civil.
  • Pago de copia certificada del acta de adopción.

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